Queja ante el Ministerio por la negativa de la Embajada de España en Teherán a legalizar documentos para la autorización de residencia de teletrabajador internacional
- Ana Tulia Barrera Sepúlveda
- 28 jul
- 2 min de lectura
En nuestro despacho hemos presentado una queja ante el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación por la práctica que viene aplicando la Embajada de España en Teherán en relación con la legalización de documentos necesarios para solicitar la autorización de residencia de teletrabajador internacional.

Desde junio de 2026, la Embajada únicamente está legalizando esta documentación cuando el interesado presenta simultáneamente una solicitud de visado de teletrabajador internacional ante la propia oficina consular. Por el contrario, rechaza la legalización cuando los documentos van a destinarse a una solicitud de autorización de residencia que se presentará directamente en España.
A nuestro juicio, esta práctica tiene como efecto impedir que los residentes en Irán puedan acogerse a una vía de tramitación expresamente prevista por la normativa española, al imposibilitarles obtener la legalización de la documentación necesaria para presentar posteriormente su solicitud de autorización de residencia desde España.
La legalización de documentos tiene por objeto acreditar la autenticidad formal de los documentos públicos extranjeros. No debería quedar condicionada al procedimiento administrativo para el que dichos documentos vayan a utilizarse, ni supeditarse a la elección de una determinada vía de tramitación cuando la normativa no establece tal requisito.
Esta política sitúa a los residentes en Irán en una posición de desventaja respecto de solicitantes de otros países, que sí pueden legalizar sus documentos y decidir libremente si solicitan un visado desde su país de residencia o si presentan una autorización de residencia una vez se encuentran legalmente en España.
En la queja presentada hemos solicitado al Ministerio que revise la legalidad de la actuación de la Embajada de España en Teherán y, en caso de que dicha práctica carezca de cobertura normativa, dicte las instrucciones necesarias para que la legalización de documentos pueda realizarse con independencia de que el interesado presente o no una solicitud de visado ante la oficina consular.
Consideramos que los ciudadanos deben poder acceder, en igualdad de condiciones, a todas las vías de tramitación que reconoce el ordenamiento jurídico español, sin que una oficina consular pueda restringir el acceso a una de ellas mediante la denegación de un trámite previo como es la legalización documental.



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